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Sobre IRPF
PREGUNTA
Este es el primer año que hago la Renta después de jubilarme (antes todas retribuciones las recibía de IBM, pensión suplida….).
Por una parte me está pagando la jubilación la SS y en mi caso también la de Derechos Pasivos.
Mi duda es como imputar lo que llamaba IBM Pensión Vitalicia y que ahora te la abona Catalana de Occidente, en cuyo certificado indica lo siguiente:
«prestación que percibe de la Póliza Colectiva de Seguro de Vida» y que sin embargo en el párrafo tercero «Así le comunicamos que ha devengado RENDIMIENTOS DEL TRABAJO» lo que me parece una incongruencia.
En resumen, lo debo incluir como rendimiento del trabajo o bajo otro concepto que sea más beneficioso para mí.
RESPUESTA
Efectivamente, la pensión de IBM de la Póliza Colectiva de Seguro de Vida, que está totalmente externalizada por IBM en Catalana de Occidente, se percibe por un concepto que es el de Rendimientos de Trabajo. Si pides tus datos a Hacienda verás que así está considerado.
Y te aconsejo que no te vayas ni un céntimo de lo que ellos te dicen porque es de las primeras cosas en que se fija Hacienda para investigarte.
Así está considerado en la ley del tributo de IRPF, aunque no debiera haber sido así, ya que no es una renta de trabajo.
Legislación Laboral (jubilación, vida laboral, auto-cálculo pensiones, subsidios para mayores de 55 años, viudedad etc.).
Enlaces de interés:
- Seguridad Social (en general): Seguridad Social
- Vida Laboral, cotizaciones y programas de auto-cálculo: Vida Laboral
- Modelo de petición de Jubilación al INSS: Modelo petición
- Modelo cálculo edad jubilación para subsidio mayores de 55 años al INSS: Modelo cálculo
- Pensión Viudedad en Régimen General: Pensión viudedad
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